Junta Monetaria autoriza uso de encaje legal para préstamos a construcción y adquisición de viviendas de bajo costo
Junta Monetaria autoriza uso de encaje legal para préstamos a construcción y adquisición de viviendas de bajo costo
Santo Domingo,
República Dominicana.
El Banco Central de la República Dominicana (BCRD), con el objetivo de mantener
debidamente edificados a los agentes económicos y al público en general, informa
sobre la medida adoptada por la Junta Monetaria (JM) en fecha 12 de enero de
2022, relativa al uso de recursos de encaje legal para la canalización de
préstamos para la construcción y adquisición de viviendas de bajo costo (que
actualmente su valor asciende hasta RD$4.5 millones).
Es importante destacar que a finales del
año 2022 retornaron al Banco Central unos RD$21 mil millones correspondientes a
un proceso de liberación de encaje legal, realizado en 2017, para el
financiamiento de las actividades productivas. En ese sentido, la Junta
Monetaria autorizó la recolocación de RD$21,424.4 millones al sector construcción,
cuya actividad tiene una alta incidencia en la economía nacional y se ha visto
sensiblemente afectada por un entorno internacional convulso y sus efectos en
las tasas de interés de mercado, registrando un crecimiento real de apenas 0.6 %
interanual en el periodo enero-noviembre del año 2022.
Tomando en cuenta estos elementos, la
resolución aprobada por la Junta Monetaria establece que los recursos liberados
serán destinados en un 80.0 % a la adquisición de viviendas de bajo costo y en
un 20.0 % a préstamos interinos para su construcción. Las entidades financieras
deberán canalizar estos financiamientos a una tasa de interés que no exceda el
9.0 % anual, a plazos de hasta cinco años para la adquisición de viviendas y de
dos años para la construcción (interinos).
Con esta decisión operativa, la tasa de
encaje legal efectiva del Banco Central se mantendría en los niveles
prevalecientes antes del vencimiento de la medida adoptada en 2017. Es
importante señalar que esta medida no modifica la actual postura monetaria
restrictiva, al dejar sin cambio el coeficiente de encaje legal para las distintas
entidades de intermediación financiera.
Dicha postura restrictiva se observa en
el comportamiento de los agregados monetarios que han moderado su crecimiento
hasta ubicarse en tasas muy por debajo de la expansión del producto interno
bruto nominal, consistente con los lineamientos del Programa Monetario del
Banco Central. Por ejemplo, al cierre del año, el crecimiento del medio
circulante (M1) se desaceleró hasta cerrar el año en 10.2 %, mientras la oferta
monetaria ampliada (M2) se expandió en apenas 6.8 % y el dinero en sentido
amplio (M3) en 5.4 % interanual.
Cumpliendo con lo establecido en la Ley
Monetaria y Financiera 183-02, las disposiciones de esta resolución han sido
remitidas a las entidades de intermediación financiera para su efectiva
aplicación a partir del día 1 de febrero del presente año.
El Banco Central de la República
Dominicana reafirma su compromiso con el buen desempeño de la economía y seguirá
monitoreando de cerca las condiciones externas e internas para adoptar las
medidas necesarias que procuren preservar la estabilidad de precios y el buen
funcionamiento de los sistemas financieros y de pagos.
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